Así sucedió, por ejemplo, en el caso de Juan Ruiz Orrico, quien salió fortalecido de la embestida en su contra que llevó adelante el espacio opositor. El reclamo contra el uruguayense, puntualmente, era impugnarlo y separarlo del partido. Ante esto la Junta Electoral del PRO le contesto: "Que en cuanto a la impugnación de la candidatura de Juan Ruiz Orrico, cabe señalar que aún cuando la carta orgánica prevea una expulsión automática, ello debe ser declarado por el Tribunal de Disciplina, previo ejercicio del derecho de defensa del acusado, motivo por el cual la impugnación debería ser desestimada dado que el proceso es ajeno a este Tribunal y, como manifestara precedentemente, nuestra función se limita a constatar el carácter de afiliado, carácter que es reconocido por el impugnante".
Así sucedió, por ejemplo, en el caso de Juan Ruiz Orrico, quien salió fortalecido de la embestida en su contra que llevó adelante el espacio opositor. El reclamo contra el uruguayense, puntualmente, era impugnarlo y separarlo del partido. Ante esto la Junta Electoral del PRO le contesto: "Que en cuanto a la impugnación de la candidatura de Juan Ruiz Orrico, cabe señalar que aún cuando la carta orgánica prevea una expulsión automática, ello debe ser declarado por el Tribunal de Disciplina, previo ejercicio del derecho de defensa del acusado, motivo por el cual la impugnación debería ser desestimada dado que el proceso es ajeno a este Tribunal y, como manifestara precedentemente, nuestra función se limita a constatar el carácter de afiliado, carácter que es reconocido por el impugnante".